Tijuana.- El juez de control José Guadalupe Sigala Andrade dejó en libertad a los hombres que el domingo fueron detenidos en flagrancia luego de prender fuego a una casilla de votación, donde se encontraban funcionarios de casilla y representantes de partido, cuyas vidas corrieron peligro.
Tres de los cuatro detenidos, pues uno al ser menor de edad no llevó el mismo proceso penal, fueron representados en audiencia inicial ante el juez Sigala Andrade por dos abogados particulares, Juan Pablo Corona y Eduardo Medina, según pudo conocer PUNTO NORTE.
El domingo 6 de junio, alrededor de las 6:30 de la tarde, Kevin Gustavo, de 14 años y tres adultos de nombres Erick Alejandro, Florentino y Christopher llegaron a bordo de una camioneta Ford Explorer negra a la casilla 1560, ubicada a un lado de la entrada principal de la tienda Calimax en Villa Fontana.
Los sujetos rociaron gasolina en el piso, debajo de la mesa que contenía las urnas y material electoral, para después prenderle fuego y huir del sitio.
Sin embargo, elementos de la Policía Municipal que respondieron al reporte al 911, lograron la detención de los cuatro responsables y los turnaron a la Fiscalía General del Estado (FGE).
También puedes leer Con quema de casillas y violencia cerró la jornada electoral en Tijuana, hay 4 detenidos
El día de los hechos, PUNTO NORTE acudió al lugar, donde una de las funcionarias de casilla relató que mientras se contabilizaban los votos de las dos primeras urnas, “llegó un joven insultándonos, arrojando el líquido sobre todo lo que estaba a su paso, pensamos que era soda y solo quería hacer daño a la papelería que estaba sobre la mesa, pero desafortunadamente en ese momento hubo una explosión y todos salimos corriendo de ahí”.
Narró cómo “a mí me alcanzó la gasolina, yo estuve pensando que alguno de mis compañeros se pudo haber quemado en ese instante”.
La funcionaria dijo también que uno de los representantes de partido sí quedó rociado de gasolina en el rostro, pero no sufrió quemaduras.
“No sé quién les pagó para cometer un acto tan bajo y tan repugnante que pone en peligro la vida de seres humanos. Aquí no se trata de quién gana una elección o quién la pierde, se tata de que están poniendo en riesgo la vida de los que colaboramos como ciudadanos voluntariamente y con entusiasmo”, expresó la ciudadana.
Hoy, el fiscal central de la Fiscalía General del Estado (FGE), Hiram Sánchez Zamora, dio a conocer que de las diez carpetas judicializadas por delitos electorales cometidos el 6 de junio, este fue el único caso en el que un juez determinó dejar libres a los detenidos.
“Respetamos la decisión del juez, pero no coincidimos con ella”, dijo en conferencia de prensa en las instalaciones de la FGE.
“Por lo que es el criterio del juez y no compartimos, llevó a cabo un análisis sustentado en los argumentos que ofreció la defensa particular de los imputados y le dio un mayor valor a datos que están incorporados en el Registro Nacional de Detenciones, que es un registro administrativo respecto a lo contenido en el Informe Policial Homologado”, explicó.
Este registro consiste en una base de datos para que familiares de detenidos puedan revisar qué autoridad se encuentra custodiándolos, así como el lugar donde se encuentran.
Los abogados Juan Pablo Corona y Eduardo Medina argumentaron que este registro había sido capturado horas después y por lo tanto, se había violado el debido proceso, siendo que no se trata de un elemento administrativo y no de carácter penal.
Debido a que el juez Sigala, quien como juez de control en Tecate fue denunciado por presuntamente favorecer a una gasera, declaró de ilegal la detención, no se pasó a la etapa en la que el ministerio público formula la imputación con datos de prueba para controvertir lo que los abogados afirmaban.
“Dejó sin oportunidad al ministerio público de establecer que esto no ocurrió, que eso es un registro administrativo a nivel nacional y que lo que se sustentó en el Informe Policial Homologado fue suscrito por elementos policiacos a los que la defensa hubiera podido llamar para saber de la veracidad del contenido”, expresó el fiscal central.
Sánchez Zamora manifestó que el juez “no permitió que el ministerio público formulara imputación y estableciera los datos que se encontraban incorporados a la carpeta de investigación para sostener la solicitud de que fueran vinculados por su presunta participación en estos delitos electorales”.
La Fiscalía acusaba a los tres sujetos de violar el Artículo 7 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, fracciones IV y IX.
La primera fracción contempla de 12 meses a seis años de prisión cuando se ejerza violencia contra los funcionarios electorales, como fue este caso, a quien “obstaculice o interfiera el desarrollo normal de las votaciones, el escrutinio y cómputo, o el adecuado ejercicio de las tareas de los funcionarios electorales; introduzca o sustraiga de las urnas ilícitamente una o más boletas electorales, o bien, introduzca boletas falsas; obtenga o solicite declaración firmada del elector acerca de su intención o el sentido de su voto”.
La segunda fracción establece una pena de seis meses a tres años de prisión a quien “se apodere, destruya, altere, posea, use, adquiera, venda o suministre de manera ilegal, en cualquier tiempo, materiales o documentos públicos electorales”.
El fiscal central dijo también que el argumento presentado por la defensa respecto al Registro Nacional de Detenciones y por el cual, el juez declaró de ilegal la detención, permitiendo a los tres sujetos quedar libres, “no es común, no coincidimos y haremos valer los recursos que tenga a la mano el ministerio público”.
Agregó que “por lo pronto, en la misma audiencia se solicitó que se nos diera una nueva fecha para que se formulara la imputación correspondiente”.
Egresada de la Licenciatura en Comunicación de la Universidad Autónoma de Baja California. Especialidad en Periodismo Policial y Judicial de la Universidad Iberoamericana, Campus Ciudad de México. Más de 12 años en medios de comunicación de México y Estados Unidos, como Semanario Zeta, Sin Embargo o la agencia española EFE.