“Como médico yo respeto la vida, como funcionario respeto la ley”: secretario de Salud sobre el aborto

Adrián Medina. Foto: Alejandro Gutiérrez

Tijuana.- Aunque como médico dijo que es respetuoso de la vida, el secretario de Salud en el Estado, Adrián Medina Amarillas, aseguró que como funcionario público respeta la ley, esto en torno a la reciente modificación a la Ley de Salud Pública, que agrega la interrupción voluntaria del embarazo antes de las 12 semanas de gestación al catálogo de servicios de salud.

El documento aprobado por el Congreso del Estado se publicó hace unos días en el Periódico Oficial, con lo cual entra en vigor la modificación a las distintas leyes reformadas por los diputados.

“Estamos preparados para todo”, pronunció, tras reconocer que se trata de un tema controvertido y que “faltan todavía algunos pasos” por definir.

Acerca de su postura personal, respondió a PUNTO NORTE que “como médico yo respeto la vida y como funcionario público yo respeto la ley”.

De acuerdo a la modificación al artículo 26 de la Ley de Salud Pública, el gobierno estatal está obligado a ofrecer apoyo médico gratuito a la mujer o persona gestante que decida practicarse la interrupción de su embarazo, en condiciones de calidad y trato digno.

Una vez hecha la solicitud, las instituciones de salud deben llevar a cabo el procedimiento en un plazo no mayor a cinco días.

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En el caso de los médicos que manifiesten que es su deseo no participar en el aborto voluntario, porque es contrario a sus creencias religiosas o convicciones personales, dijo que, si es lo que marca la ley, lo van a respetar.

Esto quedó establecido en un nuevo artículo, el 50 DECIES, donde se señala que el personal de salud podrá ser “objetor de consciencia y por tal razón excusarse de intervenir en la interrupción del embarazo”, pero tendrá que canalizar a la paciente con personal médico no objetor.

Cabe señalar que en la sesión del 29 de octubre se discutieron estas modificaciones legales, pero no el tema presupuestal, por lo que no dieron a conocer cuánto requiere la Secretaría de Salud del Estado para prestar este nuevo servicio.

De acuerdo al dictamen 4 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, la reforma a la Ley de Salud Pública, junto con la reforma a la Ley de Víctimas y al Código Penal, entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, lo que no ha ocurrido.

Mientras que la titular del Ejecutivo Estatal deberá expedir o realizar las modificaciones reglamentarias necesarias para la adecuada implementación del decreto, en no más de 90 días naturales posteriores a la publicación.

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