Queda en prisión policía que intentó asesinar a su ex pareja en Tijuana

Jonathan Onuel permanecerá en prisión preventiva

Tijuana.- Jonathan Ounel, el agente de la Policía Municipal que fue acusado de privar de la libertad e intentar asesinar a Nayeli González Barrón, su ex pareja y madre de sus tres hijos, fue enviado a prisión preventiva por el delito de secuestro agravado.

En una decisión que tomó por sorpresa a todos los presentes en la audiencia de vinculación a proceso, realizada la tarde de este lunes 16 de enero y en la que PUNTO NORTE estuvo presente, la jueza a cargo del caso, Leticia Larrañaga Vizcarra, ordenó prisión preventiva oficiosa contra el agente municipal.

Lo anterior tras reclasificar los delitos imputados por la Fiscalía General del Estado (FGE) de allanamiento de morada con violencia, privación ilegal de la libertad, violencia familiar y feminicidio en grado de tentativa, a los de secuestro agravado y violencia familiar.

La juzgadora consideró que en el caso del delito de privación ilegal de la libertad imputado por la Fiscalía, se encuentra implicado dentro del reclasificado como secuestro agravado; mientras que en caso de feminicidio en grado de tentativa, sopesó que no se presentaron los datos de prueba suficientes que comprueben la intención de Jonathan Ounel de asesinar a Nayeli.

Con la reclasificación de los delitos a secuestro agravado, quedó sin efecto la suspensión provisional de la orden de aprehensión que otorgó el amparo que el juez Tercero de Distrito en Materia de Amparos y Juicios Legales obsequió al agente, quien se encuentra suspendido de la Policía Municipal, en diciembre de 2022 y que estaría vigente hasta mediados de febrero.

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Tras explicar su razonamiento, la jueza Larrañaga Vizcarra pidió a los policías estatales presentes en la Sala 1 de los Juzgados Penales de La Mesa, colocarle las esposas a Jonathan Onuel y trasladarlo al edificio contiguo, perteneciente a la Penitenciaría de Tijuana. 

La audiencia dio inicio con una solicitud por parte de la defensa privada a la jueza, para que esta anulara una serie de datos de prueba presentados por la Fiscalía, con el argumento de que violaban los derechos de igualdad procesal y de seguridad jurídica de su defendido. 

Sin embargo, la juzgadora negó tal solicitud pues señaló que la defensa tiene acceso a los datos de prueba de la carpeta de investigación de la Fiscalía y que ella misma le otorgó auxilio judicial para que citara a comparecer a algunos de los testigos, que si bien no se presentaron por su voluntad, está más allá de sus posibilidades, pero no implica desigualdad procesal para el imputado. 

Luego de casi una hora y media para la discusión de cada uno de los datos de prueba cuestionados por la defensa, la agente del ministerio público hizo la solicitud formal de vinculación a proceso.

Tras ello, los abogados de Jonathan Ounel presentaron algunas entrevistas con un testigo, una perito y un agente investigador de la Policía realizadas por la propia defensa por autorización de la jueza, para desvirtuar los datos de prueba presentados por la Fiscalía, específicamente los que sustentan las acusaciones de allanamiento, privación de la libertad e intento de feminicidio.

La defensa pretendía, como lo solicitó al final de su participación, que la jueza considerara procesar al agente municipal solamente por el delito de violencia familiar.

El abogado defensor titular, Hernán Baruch Rodríguez, aseguró que los hechos que se le imputaban a su defendido no se podían señalar.

En primer lugar, el de allanamiento de morada con violencia, porque no se ha comprobado que Jonathan Ounel haya aplicado violencia para ingresar a la casa donde ella estaba. Además, porque tampoco se ha presentado documento que compruebe que la vivienda es propiedad de Nayeli.

Asimismo, el abogado privado consideró que no existió privación ilegal de la libertad porque Nayeli estaba en control total de sí misma y de su cuerpo, ya que el día de los hechos, subió por sí misma al vehículo de su pareja. Además, dijo, no iba amarrada ni impedida de movimiento en el automóvil, y la puerta de este no tenía seguro.

El defensor agregó que la información recabada por la Fiscalía tampoco comprueba la teoría del intento de feminicidio, ya que uno de los datos de prueba es el certificado de integridad, el cual indica que los golpes que Nayeli presentaba, aunque tardan más de 15 días en sanar, no necesitaron hospitalización y no ponían en riesgo la vida de la víctima.

Incluso, el abogado mencionó que una de las frases mencionadas por ella en su declaración que le dijo el agresor cuando la estaba golpeando, lo confirmaba: “Me vale lo que le digas a tu familia”. 

Para la defensa, esa frase es una clara señal de que la intención de Jonathan Ounel no era matarla, porque “los muertos no hablan”, expresó el abogado.

Al escuchar lo que argumentaba el litigante, la víctima, presente en la audiencia, movió la cabeza en señal de desaprobación.

Por su parte, la Fiscalía expuso que las entrevistas presentadas por la defensa carecían de los requisitos básicos de forma, pues su planteamiento estaba dirigido a obtener respuestas favorables para el imputado.   

Asimismo, el ministerio público respondió que todos los señalamientos realizados por el defensor en contra de los datos de prueba se trataba de cuestiones subjetivas, y que los datos o información controvertida por la defensa en algún dato de prueba, se confirmaba con otros.

Incluso, el agente del ministerio público cuestionó que la defensa expusiera de manera parcial la frase que utiliza como argumento para asegurar que el acusado no quería matarla, cuando antes y después de dicha frase le dijo que “Las mujeres como tú deben morir”, “me sirves más muerta que viva” y “te voy a llevar al cerro y te voy a matar como a las putas”.

Tras el cierre del debate, la asesora de la víctima pidió a la jueza deliberar con perspectiva de género, y ella misma pidió la palabra para la víctima. 

Con la autorización de la juzgadora, Nayeli se puso de pie, y precisó cada uno de los puntos en los que la defensa de su agresor intentó desmentir su versión de los hechos, haciendo hincapié en por qué ella tenía claro que la intención de su expareja era quitarle la vida 

“Estuve viviendo violencia familiar por cinco años, en los que él me decía que por ser policía él mismo sabía hacerme lesiones que tardaban menos de 15 días en sanar. Él sabía que si ahora si me iba a dejar huellas en mi rostro era porque me iba a matar”, expresó. 

La jueza también ofreció la palabra al imputado, pero la defensa interrumpió para exponer que efectivamente Jonathan quería expresar algo, pero que era necesario una pausa para aclararle las consecuencias de hacerlo. 

Así ocurrió y tras la pausa, los abogados hicieron de conocimiento a la jueza que Jonathan se abstendría de declarar.

Luego de otro receso ordenado por la jueza para deliberar, la juzgadora manifestó su decisión de reclasificar los delitos que se imputaban contra Jonathan Ounel.

Desde ese momento, el acusado se mostró inquieto, moviéndose de la silla, negando con la cabeza constantemente, pasándose las manos por la cara, intercambiando miradas y breves comentarios con sus abogados, así como apoyando su torso y su cara sobre la mesa.

En tanto, la jueza exponía que la Fiscalía reunió los requisitos de forma y de fondo para otorgarle la vinculación a proceso.

De igual forma, la juzgadora refirió que al no haber una declaración por parte del imputado ni datos de prueba en su favor por parte de la defensa, los antecedentes de investigación presentados son pertinentes, objetivos y razonables para establecer que los hechos ocurrieron en el tiempo, lugar y modo en que lo indican, por lo que que es probable la participación de Jonathan Onuel.

No obstante, la jueza consideró que los actos probablemente cometidos por el policía municipal se enmarcan en el delito de violencia familiar y en el de secuestro agravado.

En ese sentido, la jueza deliberó que el delito de allanamiento de morada con violencia y el de privación ilegal de la libertad se sitúa dentro del delito de secuestro agravado, por allanamiento de inmueble, según el Código Penal Federal y la Ley para Prevenir y Erradicar los Delitos de Secuestro

Mientras que con respecto al delito de feminicidio, determinó que no se reúnen los elementos suficientes para señalar que Jonathan Ounel tenía intención de quitarle la vida a su expareja, pues de haberlo querido podría haberlo hecho dentro de la casa donde la golpeó.

Asimismo, sopesó que la parte de la violencia física y psicológica se encuentran cubiertas en el delito de violencia familiar.

Con la reclasificación de los delitos, de ser declarado culpable de secuestro agravado, Jonathan Ounel podría alcanzar una pena de entre 50 a 90 años de prisión. 

Finalmente, la jueza otorgó a la Fiscalía un plazo de tres meses para la investigación complementaria, que se cumplirá el 16 de abril, cuando se dará la próxima audiencia.

A partir de esta noche, el agente quedó en prisión preventiva y vinculado a proceso.

Hace poco más de una semana, Jonathan Onuel logró salir libre de una primera audiencia inicial, en la que el juez José Guadalupe Sigala Andrade justificó que debido al amparo federal que el acusado tramitó, ni siquiera se le podían imputar los delitos del orden común por los que le investigaba.

La decisión del juez permitió a Jonathan Onuel quedar libre, luego de que la Fiscalía General del Estado (FGE) cumplimentó una orden de aprehensión en su contra.

Sin embargo, la Fiscalía solicitó una nueva audiencia para formular la imputación, la cual se desarrolló el jueves 12 de enero   a cargo de la jueza Leticia Larrañaga Vizcarra, quien permitió a Jonathan Onuel continuar en libertad.

El oficial regresó hoy a los juzgados penales a la continuación de dicha audiencia y cuya continuación derivó hoy con la vinculación a proceso del oficial con la medida cautelar de prisión preventiva.



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