“Lamentamos el accidente”, dice abogado al pedir la libertad del joven ebrio que atropelló y mató a Don Nico, el taquero de 73 años

Tijuana.- Tras faltar a dos audiencias para solicitar la libertad de Javier Eduardo, el joven detenido por atropellar en estado de ebriedad a Nicolás Sevilla Espinoza “Don Nico”, sus abogados intentaron desvirtuar los motivos que lo mantienen en prisión.

PUNTO NORTE fue el único medio de comunicación presente en la audiencia de revisión de medidas cautelares, que solicitó Javier Eduardo a través de sus defensores privados, la cual se celebró hoy, sábado 17 de enero, de manera virtual.

Uno de los dos defensores privados señalaron ante la jueza para solicitar la libertad de Javier Eduardo, incluso expresó que lamenta el accidente ocurrido la madrugada del domingo 14 de diciembre en el cual el taquero de 73 años de edad perdió la vida.

“Lamentamos el accidente, consideramos el dolor inmenso de los familiares, no podemos cambiar los hechos, la intención del imputado, sus familiares y de nosotros es que vamos a proceder a cumplir conforme a derechos con ello”, manifestó.

En la audiencia inicial del 16 de diciembre de 2025, la Fiscalía General del Estado formuló imputación contra el joven de 18 años de edad por los delitos de homicidio con dolo eventual, daños en propiedad ajena y contra la seguridad pública.

Javier Eduardo fue detenido la mañana del 14 de diciembre de 2025, luego de ir conduciendo en estado de ebriedad sobre el bulevar Cucapah e impactar una camioneta Chevrolet Captiva negra contra “Don Nico” quien se encontraba trabajando como taquero.

Ese día, testigos en el área explicaron que el joven conducía a exceso de velocidad por la calle Melchor Ocampo, esquina con calle Quinta, cuando perdió el control del vehículo y se primero impactó contra un muro de un local de comida.

Luego de ser presentado ante un juez de control a los tres días del accidente, Javier Eduardo fue asesorado por su defensa pública, para solicitar una ampliación de 144 horas para resolver su situación legal.

En esa audiencia, el juez de control atribuyó que por la naturaleza del homicidio con dolo eventual y con base al Código Nacional de Procedimientos Penales, el joven debería permanecer en prisión preventiva oficiosa.

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La audiencia de vinculación a proceso fue programada para el sábado 20 de diciembre, pero fue diferida para el día siguiente, 21 de diciembre, ya que la familia del joven había contratado a un nuevo abogado, quien no contaba con la carpeta de investigación.

De acuerdo con los familiares de Don Nico, el delito de homicidio con dolo eventual fue reclasificado a homicidio por culpa, por lo que la prisión preventiva oficiosa quedó descartada y sólo se justificó que Javier Eduardo debía permanecer en prisión por riesgos a la sociedad y no haber acreditado un arraigo.

Por lo que hoy, por tercera ocasión y luego de no presentarse en diversas audiencias programadas el 14 y 16 de enero, los defensores privados presentaron datos de prueba para acreditar que las circunstancias por las que se había solicitado la prisión para Javier, ya habían cambiado.

En la audiencia estuvieron presentes Miguel y Zoila, hijos de Don Nico, así como el asesor jurídico que los representaba.

Por su parte, el joven Javier Eduardo fue enlazado desde el Centro Penitenciario a la reunión de Zoom. Su cabello fue cortado, como parte de los lineamientos para las personas privadas de la libertad de los centros de reinserción social, además portaba una sudadera y pantalón deportivo color gris.

Como parte de los argumentos de los abogados Daniel Ornelas y César Avalos, fueron presentados diversos datos de prueba como el contrato de compraventa de una vivienda que realizó la madre del joven con fecha del 1 de mayo de 2020.

De acuerdo con la defensa, este contrato acredita la existencia de una casa, ubicada en el fraccionamiento Valle Imperial, donde el imputado y su familia se habían mudado apenas el 13 de diciembre de 2025, un día antes del accidente.

Sin embargo, los defensores no presentaron recibos de agua, luz ni copia de las credenciales de elector de la madre de Javier, ni del vendedor de la casa.

También fueron presentadas dos entrevistas que se realizaron a los padres del joven, con fecha del 24 de diciembre, en el cual manifestaron que él ha vivido con ellos desde que nació y que de obtener su libertad, ellos servirían como avales de dar seguimiento a las audiencias siguientes.

Para justificar que existe un arraigo para que Javier Eduardo lleve su proceso en libertad, los abogados presentaron una fe de hecho notarial con fecha del 7 de enero de 2026, donde un notario acreditó el domicilio de la familia.

Además, fueron expuestos una serie de documentos como carta de antecedentes no penales, constancia de situación fiscal, credencial del INE y de una escuela preparatoria, así como un comprobante para acreditar que Javier llevaba años con su mismo número de teléfono.

Los defensores leyeron de manera breve una carta de trabajo, la cual relataba que el joven llevaba trabajando un año y medio en un negocio de llantas llamado, donde percibía 3 mil pesos semanales.

Incluso, el dueño del negocio se comprometió a que, en caso de ser liberado, Javier Eduardo podía regresar a trabajar sin ningún problema.

“Aseguramos que los elementos que acreditaban el arraigo y el peligro a la sociedad han quedado desvirtuados, considerando procedente la medida cautelar de firma periódica”, explicó uno de los defensores.

Sin embargo, tanto el agente del Ministerio Público como el asesor jurídico argumentaron en contra de la solicitud de los defensores para dejar en libertad al imputado.

El agente del Ministerio Público reiteró que, de manera objetiva, no habían cambiado las condiciones por las cuales un juez determinó en audiencia de vinculación a proceso que Javier Eduardo debía quedar en prisión.

El fiscal explicó que dentro de las pruebas expuestas por los defensores existían contradicciones, ya que en la credencial de elector del joven había una dirección diferente a la que los abogados intentaron acreditar.

Por su parte, el asesor jurídico pidió que estas pruebas no fueran tomadas en cuenta, pues dentro de las entrevistas con los padres, así como la carta de trabajo, no fueron agregadas credenciales de las personas que declararon ni tampoco se dio cuenta la dirección de la llantera donde el joven trabajaba.

Aunque la defensa intentó defender su postura al señalar que “el joven de 18 años no es de familia pudiente, tanto así que tenía la necesidad de trabajar y estudiar para solventar, eso demuestra un espíritu de superación y no de vagancia”.

El agente del Ministerio Público reiteró que “a horas de la madrugada (Javier Eduardo) decidió conducir de manera temeraria ese carro en estado de ebriedad, poniendo en riesgo a la comunidad, a la víctima que estaba en la banqueta.”

Antes de concluir, la defensa señaló que el certificado médico expedido por un médico perito indicó que el día de los hechos, Javier Eduardo sólo presentaba aliento alcohólico y que “esto no perturba acciones de conducir” .

Durante el intercambio de alegatos por parte de los defensores, el agente del Ministerio Público y el asesor jurídico, Javier Eduardo mantenía por ratos la mirada fija a la pantalla, pero en la mayor parte del tiempo bajaba la mirada al piso.

A pesar de escuchar los datos aportados por la defensa, la jueza Esmeralda Vargas Cardona consideró que las circunstancias presentadas fueron de carácter personal y que las mismas no fueron excusa para que Javier Eduardo cometiera el hecho de manera en estado de ebriedad.

De manera breve, la jueza expuso que las condiciones para cambiar la medida cautelar de llevar el proceso en libertad no habían cambiado, pues aún sigue representando un riesgo no sólo para la comunidad, sino para los ofendidos, de quienes los defensores no se hicieron cargo durante el desahogo de las pruebas.

Por lo que tras una hora y media de audiencia, la jueza determinó que la medida cautelar de prisión preventiva justificada impuesta contra Javier Eduardo de 18 años de edad, tras haber atropellado y matado al taquero Nicolas Sevilla Espinoza, subsiste y negó su puesta en libertad.

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