
Mexicali.- La magistrada del Tribunal de Justicia Electoral de Baja California (TJEBC), Graciela Amezola Canseco presentó un recurso ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para invalidar la designación de la titular del Órgano Interno de Control del Tribunal, el cual fue rechazado por las magistraturas.
PUNTO NORTE obtuvo una copia del juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía que la magistrada Amezola Canseco presentó el 12 de junio ante la Sala Superior del TEPJF.

En el documento, Amezola Canseco asegura que fue afectado el ejercicio de su cargo, pues Cecilia María Gutiérrez Bejarano fue nombrada titular del Órgano Interno de Control del Tribunal.
Esto durante una sesión conjunta de Asuntos Internos y la Comisión de Administración del TJEBC, realizada el 29 de mayo, por lo que la integrante del Tribunal alegó que no debió haber sido esa la forma de realizar la designación.

Al presentar la solicitud de juicio ante la Sala Superior del TEPJF, para impugnar el nombramiento, este recurso fue turnado a la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, quien sometió a consideración del Pleno el proyecto de resolución, hoy miércoles 8 de julio.

Durante la sesión, las magistraturas aprobaron por unanimidad declarar inexistente la obstrucción al ejercicio del cargo que alegaba Amezola Canseco, con motivo del procedimiento de designación de la persona titular del órgano interno de control del Tribunal.
Lo anterior, porque la designación cuestionada fue realizada por el Pleno del Tribunal en ejercicio de sus atribuciones legales y no por la Comisión de Administración, como señaló la magistrada.
Además, se señaló durante la sesión que Amezola Canseco tuvo la oportunidad de proponer a la persona que ocuparía la titularidad de ese órgano, pero no lo hizo ni acreditó que existiera algún impedimento para que ella presentara su propia propuesta.
El recurso interpuesto por la magistrada Amezola se basa en la aplicación del procedimiento establecido en el artículo 22 BIS, párrafo II de la Ley del TJEBC.
Este párrafo señala lo siguiente:
“La persona titular será designada, suspendida, removida o cesada por unanimidad del Pleno, de la propuesta que hagan las magistraturas. Tratándose de la designación de éstos, en caso de no llegar a un conceso unánime sobre la misma, ésta se realizará por insaculación de entre la propuesta de cada magistratura”.

Para acompañar el recurso, hizo llegar pruebas técnicas y documentales consistentes, como la grabación de audio y el acta de la citada Sesión, así como el nombramiento en favor de Gutiérrez Bejarano, como Titular del Órgano interno de Control del TJEBC.
Cabe destacar que Gutiérrez Bejarano compareció como persona tercera interesada en el juicio, con la pretensión de que se confirme la validez de su designación en el referido encargo, el cual viene desempeñando desde hace más de un mes.










































