Diputados aprueban Ley de Ingresos de Tijuana que aumenta el predial para 2023

En noviembre, la alcaldesa de Tijuana presentó la Ley de Ingresos ante el Congreso. Foto: Víctor Medina

Tijuana.- Las Leyes de Ingresos y Tablas de Valores Catastrales Unitarios de los municipios de Baja California fueron aprobadas por el Congreso del Estado, entre ellas la de Tijuana, que contempla aumento de por lo menos 8 por ciento al predial para 2023.

Lo anterior ayer lunes 19 de diciembre, en sesión ordinaria del Congreso del Estado presidida por la diputada María del Rocío Adame Muñoz.

Ambas iniciativas de la Comisión de Hacienda y Presupuesto fueron aprobadas por mayoría de los legisladores, con 20 votos a favor, tres en contra y una abstención en ambos casos.

La diputada Gloria Miramontes Plantillas presentó el dictamen 140, relativo a la iniciativa de valores catastrales unitarios base del impuesto predial de Tijuana, Baja California para el ejercicio fiscal 2023, remitida por el XXIV Ayuntamiento de Tijuana y el decreto para el otorgamiento de estímulos fiscales en contribuciones municipales con la tabla de valores catastrales para el cobro del impuesto predial.

Por su parte, en el dictamen 141 de la Comisión de Hacienda, presentado por la Julia Andrea González Quiroz, se aclaró que si bien habrá estímulos fiscales para quienes paguen durante los primeros meses del año, se adicionará un 8 porciento más por los valores aprobados como las nuevas zonas homogéneas en las tablas de valores catastrales unitarios para el próximo ejercicio fiscal y si los contribuyentes pagan fuera de ese periodo lo harán con la nueva tabla.

También puedes leer Cabildo de Tijuana aprueba aumento al predial

El decreto para el otorgamiento de estímulos fiscales en contribuciones municipales para Tijuana aprobado por los diputados fue en los siguientes términos: Los contribuyentes que paguen el impuesto predial del ejercicio fiscal 2023 durante enero-abril lo harán con la misma base de los meses de enero a marzo del ejercicio fiscal 2022, adicionando un 8 porciento más los valores aprobados como las nuevas zonas homogéneas en las tablas de valores catastrales unitarios para el próximo ejercicio fiscal y si pagan fuera de ese periodo, lo harán con la nueva tabla.

Los contribuyentes que paguen el impuesto predial de casa habitación podrán hacerlo aplicando la tasa de 2.46 al millar destinado al valor catastral del inmueble.

Si son casas habitación destinadas a multifamiliar, los contribuyentes podrán optar por causar con la base 3.504 al millar al valor catastral del inmueble. El beneficio es aplicable a una propiedad por contribuyente.

Contribuyentes jubilados, pensionados o personas con discapacidad o de 60 o más podrán pagar el impuesto predial del 0.84 al millar; en caso de fallecimiento el cónyuge puede gozar del mismo beneficio.

La tarifa de 3.99 veces la unidad de medida de autorización vigente es para organismos de la sociedad civil con objeto de asistencia social registrados ante el Gobierno del Estado si en ellos no se realizan actividades lucrativas o de negocios.

Asociaciones religiosas registradas ante la Secretaría de Gobierno y asentamientos irregulares en proceso de regularización y propietarios de predios determinados área natural restringida o de amortiguamiento tienen la misma tasa.

No causará sobretasa para el fomento deportivo y educacional que genera el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles de operaciones cuyo objeto sea una casa habitación con base de impuesto igual o menor a 515 mil pesos.

Además, de enero a marzo, se otorgará exención en corrección de base de datos en el padrón catastral y los descuentos para miembros de cámaras empresariales y grupos de profesionistas se aplicarán solo si cumplen con registro vigente según corresponda y tras convenio con la Tesorería.

Los tres votos en contra fueron de la fracción del Partido Acción Nacional (PAN), Alejandrina Corral, Diego Echeverría y Aminthia Briceño, mientras que la diputada Daylin García Ruvalcaba, de Movimiento Ciudadano, se abstuvo.

+ posts