Agente del MP detenido por homicidio pidió que se retirara a reportera de PUNTO NORTE, aquí todo lo que ha dicho frente al juez

Tijuana.- A diferencia de la mayoría de los imputados que son llevados ante un juez, y que guardan silencio durante su proceso penal como lo es su derecho, Abraham Miguel, el agente del ministerio público detenido por homicidio del abogado del Tribunal Electoral Jaime Antonio González Reyes, hizo uso de la voz en varios momentos durante las dos audiencias iniciales.

En su primera intervención, el hoy detenido se dirigió al juez para pedir que fuera retirada de la audiencia la presencia de la periodista de PUNTO NORTE, pues dijo, “me molesta”.

En otras de sus intervenciones lo hizo para decir que es mentira los datos que se presentaron en su contra, pedir la libertad y quejarse de haber sido detenido por parte de la Fiscalía General del Estado.

El miércoles 28 de septiembre de 2022, terminó la segunda audiencia de Abraham Miguel, fue la de vinculación a proceso, en donde el juez determinó que existían datos suficientes para considerarlo presunto responsable, continuar con el proceso, fijar un plazo para una investigación complementaria y acordar la prisión preventiva oficiosa tal como lo señala el Código Nacional de Procedimientos Penales en el caso de los imputados por homicidio.

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En la primera audiencia, el 23 de septiembre, horas después de haber sido detenido por medio de una orden de aprehensión, Miguel Abraham le dijo al juez José Guadalupe Sigala Andrade que le molestaba la periodista que se encontraba presente.

Y es que PUNTO NORTE fue el único medio de comunicación que ingresó a la audiencia inicial posterior a su arresto.

Aquel día, posterior a que la periodista se presentara con nombre y apellido, y el nombre de este medio de comunicación, lo cual debió hacer frente a la cámara y grabación de la audiencia en donde se encontraba el imputado, sus abogados, el representante de la Fiscalía y el juez, Miguel Abraham, pidió que no participara.

El detenido en su sudadera gris proporcionada por la penitenciaría, hizo uso de la voz para pedirle al juez “que no haya comparecencia de la prensa” pues dijo “me molesta”. El juez le respondió y le recordó que “las audiencias son públicas y la prensa no está vetada”.

En la audiencia de vinculación a proceso, el agente del ministerio público detenido nuevamente no quiso hacer válido su derecho a guardar silencio y en diversos momentos intervino.

Manifestó su extrañeza por la orden de aprehensión con la que fue detenido, pues según él, no se le debió de haber arrestado sino habérsele citado para ir de manera voluntaria. Esto porque aseguró que era una persona localizable y con la disposición de presentarse en caso de citatorio, lo cual fue debatido por la Fiscalía, la cual expuso que, al momento de buscarlo a su casa, Miguel Abraham, no se encontraba y un vecino lo había visto salir con maletas, además de que en la Fiscalía se había reportado enfermo y no estaba acudiendo a trabajar.

“No me explico el por qué. No había nada que justificara tal acto”, dijo el acusado de homicidio, “si ellos (los elementos de la Fiscalía), conociendo la ley, me hicieron esto a mí, que también la conozco, no me imagino las acciones que hacen contra otros”.

El juez le respondió que él personalmente lo conoce como ministerio público pues habían participado juntos en audiencias, y que en varias de sus participaciones había realizado acciones similares y utilizando argumentos del mismo tipo a los que hoy intentaba invalidar.

Sin embargo, el juez reconoció que aunque existían algunos errores por parte de los investigadores, los datos de prueba era legales y suficientes para que permaneciera en prisión al acordar la vinculación a proceso.

Abraham Miguel, se limitó a decir que cuando detectó alguna irregularidad parecida, siendo ministerio público, dio respuesta apegado al debido proceso.

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La audiencia de vinculación a proceso se llevó a cabo cumplido el plazo de las 144 horas otorgado por el juez a solicitud de la defensa de Abraham Miguel en su primera audiencia. En la última audiencia, los abogados defensores solicitaron la asistencia de tres testigos, dos agentes del ministerio público y uno de la agencia estatal de investigación, quienes finalmente no se presentaron.

La sesión se extendió a lo largo de cinco horas y 21 minutos, la mayor parte de estos utilizados por la defensa de Abraham Miguel para pedir la nulidad de una serie de hechos de prueba recabados por los agentes de investigación de la Fiscalía, ya que los consideraba inválidos.

Los alegatos de nulidad por parte de la defensa, se dirigían contra varios testimonios asentados en la carpeta de vinculación, bajo el argumento de que los testigos no presentaron documentos de identificación y se negaron a dar sus datos generales, por miedo a represalias.

Señalaron también que uno de los reportes de investigación, fue presentado con fecha previa al otorgamiento de la información protegida de sobre las líneas telefónicas de las personas implicadas en los hechos, que potencialmente fueron utilizadas para planear el homicidio.

Los defensores del presunto asesino cuestionaron que las líneas telefónicas que se atribuían a su cliente, no estaban registradas bajo el nombre de su defendido ni de las personas con las que lo asocian al asesinato de Jaime González Reyes.

La defensa también puso en duda la validez del reconocimiento que hicieron unos testigos que observaron e identificaron en el lugar, el día del crimen al hoy detenido por medio de fotografías, aduciendo que la selección de fotos con la que se hizo estaba sesgada, al no ofrecer más variedad de personas con las mismas características de Abraham Miguel.

Incluso, consideraron que debido a que las inconsistencias señaladas, el cateo realizado el 22 de septiembre era un acto de investigación “contaminado”, por formar parte de una línea de investigación corrompida.

Sin embargo, los abogados defensores no cuestionaron lo expuesto por los dos videos integrados a la carpeta, los cuales muestran, por un lado, el momento exacto del homicidio de Jaime; y por otro, se observa a Abraham Miguel, esperando a los homicidas materiales con su vehículo en una de las calles cercanas al lugar de los hechos, minutos antes del asesinato.

Tras el análisis de los datos y los alegatos presentados, el juez manifestó que corresponden con el homicidio calificado con premeditación, alevosía y ventaja.

El juez dijo que, no obstante, algunas de las inconsistencias señaladas por la defensa tienen alguna base, no representan más que contexto.

Reconoció que si bien los datos presentados en esta parte de la investigación no muestran una causa que explique el delito, la mecánica con la que sucedió el hecho, ayuda a establecer que existe nivel probatorio de que Abraham Miguel sí planeó el homicidio, si no para hacerlo por sí mismo, sino mediante terceros.

Al momento de resolver el juez aceptó que los datos de prueba llevan a considerar la posibilidad de que los autores materiales, lo hicieron a cambio del apoyo del ministerio público imputado, para que les ayudara a que una persona amiga pudiera salir de prisión, y no por una motivación propia.

Destacó un elemento de prueba constituido en una huella dactilar encontrada en la camioneta Odissey, que al correrlo en la base de datos del sistema penitenciario arrojó que se trata de una huella de Erick Benjamín, con antecedentes penales en cuatro casos previos, y quien fue la persona señalada como la contratada para quitarle la vida a la víctima.

Aceptó además, que los antecedentes presentados establecen la permanente comunicación entre las partes implicadas, especialmente de Erick Benjamín y Abraham Miguel, y por inferencia, la realización del homicidio.

Dijo finalmente que el Código de Procedimientos Penales no exige documento para establecer la identidad de una persona que se presenta a declarar, no obstante dijo que hay maneras creativas para hacerlo.

Que el cateo puede constituir una prueba irregular, por los señalamientos de la defensa, pero no una ilícita o violatoria de derechos humanos, por lo tanto, se puede subsanar.

Con ello, el juez consideró que el hecho se sostiene con la formulación de vinculación, y que los datos de prueba integrados en la carpeta sostienen la posibilidad de que Abraham Miguel haya participado en calidad de coautor en la planeación y ejecución del homicidio contra Jaime González, con premeditación, alevosía y ventaja.

Por tanto, determinó el auto de vinculación a proceso. La Fiscalía solicitó cinco meses para llevar a cabo la investigación complementaria, pero ante la negativa de la defensa bajo el argumento de ser demasiado, el juez estableció el plazo de cuatro meses que se cumplen el 29 de enero de 2023.

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Egresada de la Licenciatura en Comunicación de la Universidad Autónoma de Baja California. Especialidad en Periodismo Policial y Judicial de la Universidad Iberoamericana, Campus Ciudad de México. Más de 12 años en medios de comunicación de México y Estados Unidos, como Semanario Zeta, Sin Embargo o la agencia española EFE.

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