Tribunal tumba candidatura del Terrible o de Netza: define mujer para Tijuana o Mexicali

Sólo uno de los dos podría ser candidato. Fotos: Alejandro Gutiérrez

Mexicali.- El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California ordenó modificar los bloques de competitividad electoral aprobados por el Instituto Estatal Electoral (IEEBC) respecto a la paridad de género entre candidaturas, con lo que da marcha atrás a la posibilidad de que tanto Tijuana como Mexicali tengan candidatos hombres en el actual proceso electoral 2023-2024.

La determinación del Tribunal le cierra las puertas a al menos uno de los dos ex funcionarios estatales que se registraron en Morena para estos municipios: Erik ‘Terrible’ Morales Elvira, ex director del Instituto del Deporte de Baja California, por Tijuana y Netzahualcóytl Jauregui Santillán, ex secretario de Bienestar del Estado, por Mexicali.

En ambos municipios, las actuales alcaldesas, también de extracción morenista, se registraron de manera interna para la reelección, Montserrat Caballero Ramírez en Tijuana y Norma Bustamante Martínez en Mexicali.

En la primera sesión del Tribunal Estatal de Justicia Electoral, celebrada hoy lunes 8 de enero, los magistrados votaron de manera unánime para que los municipios de Tijuana y Mexicali se coloquen en el bloque de competitividad más alto, en donde al menos en uno de ellos los partidos y coaliciones deben postular a una mujer a la presidencia municipal.

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La autoridad jurisdiccional señaló que la metodología por la que el Instituto Electoral indicó distribuir las candidaturas por género impacta de manera regresiva a las acciones en favor de las mujeres.

El presidente del Tribunal, Jaime Vargas Flores, manifestó que desde el proceso electoral pasado este órgano había indicado al Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) las pautas para los lineamientos que garanticen la paridad de género en el registro de candidaturas, especialmente en lo que refiere al aspecto cualitativos.

El magistrado presidente agregó que también el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en su Sala Regional Guadalajara, al resolver los juicios de revisión constitucional en el pasado proceso electoral, vinculó al Consejo General del IEEBC para emitir de manera oportuna dichos lineamientos y considerar dichas disposiciones, lo cual, aseguró, no ha hecho.

Vargas Flores señaló que el Instituto implementó los mismos parámetros y criterios del proceso electoral 2020-2021, a pesar de que actualmente hay variantes con la creación de los dos nuevos municipios, San Quintín y San Felipe, los cuales por primera vez tendrán elección a munícipes.

Por lo que consideró que el estudio que el IEE realizó para definir los bloques de competitividad por género es “oblicuo y discrecional”.

“Los municipios de mayor importancia en el estado, Tijuana y Mexicali no fueron observados desde dicha perspectiva, lo que impactó en el resultado que se controvierte y demuestra la regresividad de derechos por parte del acto reclamado”, ponderó Vargas Flores.

El acto controvertido considera dos bloques, uno alto en donde el IEEBC ubicó a los municipios de Tecate, Ensenada y San Felipe, mientras que en el bajo están Tijuana, Mexicali, Playas de Rosarito y San Quintín

En cuanto a las consideraciones sobre el indicador del ponderación de presidencias municipales, en acuerdo con el proyecto sometido a votación, el presidente del Tribunal, consideró que el criterio de mujeres electas por municipios no es aplicable para San Quintín y San Felipe.

“Dicha numérica indica que ambos municipios nunca han nombrado persona de género alguno cuando en realidad no han tenido oportunidad de hacerlo sino hasta este proceso electoral”, observó.

Para fortalecer su argumento, ejemplificó que Tijuana como ciudad es la segunda mayor poblada del país, sólo superada por Ciudad de México y como municipio la mayor población seguida por la delegación de Iztapalapa en Ciudad de México.

Vargas Flores agregó que el Consejo General del IEEBC pasó por alto la importancia de la ciudad de Mexicali, al ser la sede central de los poderes del estado.

“Sencillos detalles que la responsable descuidó reflexionar”, manifestó el magistrado presidente sobre la determinación tomada por los consejeros del IEEBC.

De esta manera, el titular del Tribunal consideró procedente modificar los artículos 25 y 26 de los lineamientos para garantizar la paridad, al proponer los tres bloques cualitativos para munícipes, es decir un bloque alto, con los municipios de Tijuana y Mexicali, donde por lo menos en uno uno, los partidos y coaliciones postulen a una mujer.

Además, un bloque medio con Ensenada, Tecate y Playas de Rosarito, donde al menos en dos de ellos postulen mujeres, así como un bloque bajo con municipios de nueva creación, San Quintín y San Felipe, en donde no ha habido elecciones previas a munícipes, en donde por lo menos una mujer debe ser candidata a alcaldesa.

La resolución emitida por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California puede ser recurrida ante instancias superiores como la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y la Suprema Corte de Justicia de la Nación hasta el límite de la fecha del registro de las candidaturas.

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Egresada de la Licenciatura en Comunicación de la Universidad Autónoma de Baja California. Especialidad en Periodismo Policial y Judicial de la Universidad Iberoamericana, Campus Ciudad de México. Más de 12 años en medios de comunicación de México y Estados Unidos, como Semanario Zeta, Sin Embargo o la agencia española EFE.