Juez declara infundado el amparo promovido por las gaseras irregulares de Blue Propane

Tijuana.- Un juez federal desechó un amparo presentado por la empresa sonorense Blue Propane en el que reclamaba que el Ayuntamiento respetara una moratoria, establecida desde 2016, la cual suspende la instalación de estaciones de carburación de gas, así como la expedición de permisos de uso de suelo y licencias de construcción para estas mismas.

El titular del Juzgado Primero de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Baja California, dentro del juicio de amparo 1043/2019/VIII, encontró como infundados los alegatos presentados por el representante legal de la empresa, Edgar Alan Jaramillo.

Cabe recordar que el apoderado de Blue Propane fue uno de los funcionarios más cercanos al ex gobernador de Sonora, Guillermo Padrés Elías, quien fue recluido en prisión por varias irregularidades durante su administración.

Para el juzgador, no tiene lugar el reclamo hecho por la empresa, la cual aseguraba sus derechos constitucionales se veían violentados por el Ayuntamiento de Tijuana cuando este revocó lo permisos otorgados por el gobierno de Juan Manuel Gastélum Buenrostro.

Estos permisos permitieron la construcción irregular de diez estaciones de carburación, pese a que algunas se encontraban en zonas de alto riesgo por su actividad sísmica o su cercanía a planteles escolares, plantas de electricidad de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y centros comunitarios.

El 10 de octubre de 2019, Blue Propane presentó la demanda de amparo en un intento porque la justicia federal ordenara al Ayuntamiento dejar sin efectos la revocación de estos permisos que ordenó.

Sin embargo, para el juez de distrito, los alegatos de la empresa resultaron infundados, pues los actos del Ayuntamiento no violaron ningún derecho.

Blue Propane, la cual enfrenta varias denuncias penales en Baja California, argumentó en su recurso legal que esta moratoria violenta sus derechos constitucionales, pues es el gobierno federal, a través de la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), el cual expide permisos para explotar el giro de hidrocarburos.

Sin embargo, el juez no encontró validez en dichos argumentos, pues el municipio tiene la facultad legal, otorgada en el Artículo 115 de la Constitución, para decidir sobre la regulación, zonificación y usos de suelo en su territorio.

Con su demanda de amparo, Blue Propane pretendía que se les permitiera instalar dichas estaciones de carburación sin tener que presentar trámites municipales y estatales como medidas de seguridad, dictamen de Protección Civil o de dictamen de uso de suelo.

No obstante, el juez de distrito determinó que la moratoria no viola ningún derecho de la empresa y por el contrario, que la revocación de estos permisos cumple con la intención de proteger la integridad de los ciudadanos al impedir que establecimientos de este tipo sean instalados de manera anárquica en zonas de alto riesgo.

+ posts