Congreso de BC aprueba Ley de Desaparición de Personas a medianoche

Mexicali.- Con cinco meses de retraso, las diputadas y diputados del Congreso del Estado, aprobaron a la medianoche de hoy lunes 1 de abril, la creación de la Ley sobre Desaparición y Búsqueda de Personas para el Estado de Baja California.

Esto durante la sesión de Clausura del segundo periodo del tercer año legislativo.

Con una única abstención de la diputada por el Partido Acción Nacional (PAN), Santa Alejandrina Corral Quintero, se aprobó el dictamen de la Comisión de Reforma de Estado y Jurisdiccional, bajo iniciativas de la diputada María del Rocío Adame Muñoz y del diputado Sergio Moctezuma Martínez López.

Ambos legisladores se encuentran separados de sus curules, pues solicitaron licencia para ir a pedir el voto para otros cargos de elección popular.

La Ley cuenta con 119 artículos e incluye 5 títulos y 18 capítulos, que abordan la desaparición de menores de 18 años; Delitos y Responsabilidad Administrativa; Mecanismo Estatal; la Fiscalía Especial; la Comisión Local de Búsqueda; Registro de personas desaparecidas, de fosas, de personas fallecidas sin identificar y base de datos genéticos; Derechos de las Víctimas y prevención de los delitos, entre otros.

Dé acuerdo a los artículos transitorios, la Ley entrará en vigor a los cuatro meses de que sea publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California.

Asimismo, la Comisión Local de Búsqueda tendrá un plazo de tres meses para elaborar los planes y programas para capacitar a los empleados públicos que integren los Grupos Locales de Búsqueda.

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Por otro lado, la Ley ordena también a los Ayuntamientos de Baja California llevar a cabo en máximo cuatro meses la armonización necesaria de su normatividad, especialmente la referente a los panteones, para que sea implementada.

Mientras que el Poder Judicial tendrá tres meses días para hacer lo propio.

También será instalado, en dos meses, un Consejo Ciudadano, con participación de familiares de la víctimas de desaparición, especialistas y académicos, quienes emitirán recomendaciones a la Comisión Local, cuya Secretaría Técnica deberá ser nombrada en un mes desde su instalación.

Y en el caso del Mecanismo Estatal, integrado por todas las autoridades involucradas en la materia, será instalado en un plazo máximo de dos meses luego de que se publique la Ley.

De acuerdo al dictamen aprobado por el Pleno, el presupuesto que requieran las dependencias y entidades del orden estatal y municipal con motivo de la Ley, estará sujeto a disponibilidad.

Y finalmente, para la implementación del programa estatal de búsqueda, la Secretaría de Hacienda determinará los recursos necesarios previa autorización presupuestal por el Congreso del Estado.

Durante la sesión del Pleno, que se llevó a cabo en la Sala Benito Juárez, estuvieron presentes familiares de víctimas de desaparición e integrantes de colectivos de búsqueda, entre ellos, la Célula de Búsqueda e Investigación en Desaparición Forzada de Baja California.

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